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Noticias Hacienda Española No Considera el $BTC como Dinero en Compraventas de Inmuebles: Implicaciones Fiscales

Hacienda Española No Considera el $BTC (Bitcoin) como Dinero en Compraventas de Inmuebles: Implicaciones Fiscales​


La Dirección General de Tributos (DGT) de España ha emitido una consulta vinculante (V0935-25) que redefine el estatus legal de las criptomonedas como el $BTC (Bitcoin) en operaciones de compraventa de bienes inmuebles. Según este nuevo criterio, los criptoactivos ya no serán tratados como dinero, sino como "bienes inmateriales", lo que transforma jurídicamente una transacción de compraventa en una permuta. Este cambio tiene consecuencias fiscales significativas, especialmente en lo relativo al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

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*La consulta vinculante V0935-25 cataloga los criptoactivos como "bienes inmateriales", transformando legalmente una compraventa en una permuta. Fuente: Microsoft Designer.*

¿Qué Cambia con Esta Nueva Definición?​


Hasta ahora, existía cierta ambigüedad en el tratamiento fiscal de las criptomonedas. En consultas anteriores, como la V2407-23, la DGT equiparaba el $BTC (Bitcoin) a una divisa extranjera a efectos del IVA, aplicando exenciones en operaciones de cambio. Sin embargo, esta nueva resolución rompe con esa analogía financiera para el ITP, despojando a las criptomonedas de su naturaleza monetaria y catalogándolas simplemente como bienes inmateriales.

Esto significa que, cuando una persona física o jurídica adquiere un inmueble pagando con $BTC (Bitcoin) u otra criptomoneda, la operación no se considera una compraventa, sino un intercambio de bienes (permuta). Como resultado, se activa la obligación de liquidar el ITP en su modalidad de transmisiones onerosas.

Implicaciones Prácticas para Particulares y Empresas​


Para entender el impacto de esta medida, es crucial analizar cómo afecta a las partes involucradas en una transacción:

  • El vendedor del inmueble que recibe el pago en $BTC (Bitcoin) deberá tributar por la Plusvalía municipal, calculada sobre la ganancia patrimonial obtenida.
  • El comprador, por su parte, tendrá que liquidar el ITP correspondiente al valor de mercado de las criptomonedas utilizadas en la operación.

Esto crea una situación de doble imposición sobre la misma operación, ya que ambas partes deben asumir cargas fiscales derivadas del intercambio.

La base imponible para el ITP se determinará según el valor de mercado del $BTC (Bitcoin) o la criptomoneda utilizada en el momento de la transacción, o el valor declarado del bien si este es mayor. Los tipos de gravamen aplicables serán los establecidos por cada Comunidad Autónoma para bienes muebles, lo que podría incrementar significativamente la carga fiscal dependiendo de la región.

Controversia Jurídica y Críticas​


La decisión de la DGT ha generado una inmediata controversia entre expertos fiscales y economistas. Analistas señalan la incoherencia de Hacienda al mantener un criterio para el IVA (donde equipara las criptomonedas a divisas) y otro para el ITP (donde las trata como bienes).

Emilio Pérez Pombo, economista especializado en fiscalidad, advierte: "Es un criterio lesivo y contradictorio. Por un lado, se incentiva el uso de $BTC (Bitcoin) como medio de pago a nivel internacional, y por otro, se penaliza fiscalmente en España, alejándonos de las tendencias globales".

Esta medida también desincentiva el uso de $BTC (Bitcoin) como medio de pago, añadiendo una carga burocrática y fiscal adicional a un activo que gozaba de creciente aceptación entre ciudadanos y emprendedores.

Conclusión: ¿Hacia Dónde se Dirige la Fiscalidad de las Criptomonedas en España?​


La consulta vinculante V0935-25 marca un precedente importante en la fiscalidad de las criptomonedas en España. Si bien aclara ciertas dudas sobre el tratamiento del $BTC (Bitcoin) en compraventas de inmuebles, también genera nuevas incertidumbres y críticas por su posible efecto disuasorio sobre la adopción de estas tecnologías.

Es fundamental que tanto particulares como empresas consulten con expertos fiscales antes de realizar operaciones con criptomonedas, especialmente aquellas involucradas en transacciones de bienes inmuebles. La complejidad y evolución constante de la normativa requiere una atención cuidadosa para evitar sorpresas desagradables con Hacienda.

Mientras tanto, la comunidad de $BTC (Bitcoin) y criptomonedas en España sigue de cerca cualquier desarrollo legal o jurisprudencial que pueda modificar o matizar este criterio en el futuro.
 
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